El Brain Electrical Oscillation Signature Profiling (BEOS) es una técnica desarrollada en India que busca detectar la implicación de un individuo en un delito mediante el análisis de sus ondas cerebrales. Aunque sus defensores la presentan como una herramienta científica no invasiva para identificar la «memoria experiencial» de un crimen, la comunidad científica internacional cuestiona su validez y fiabilidad. A pesar de las críticas, BEOS ha sido utilizado en más de 700 casos en India y se está promoviendo su adopción en otros países, incluidos algunos de América del Sur. Este artículo explora el funcionamiento de BEOS, sus implicaciones legales y éticas, y el debate en torno a su uso en el sistema judicial.

¿Qué es BEOS y cómo funciona?

BEOS es una técnica que utiliza electroencefalografía (EEG) para detectar patrones de actividad cerebral que, según sus creadores, indican si una persona tiene «conocimiento experiencial» de un evento, como un crimen. Durante la prueba, se colocan electrodos en el cuero cabelludo del sujeto, quien escucha una serie de afirmaciones relacionadas con el delito en cuestión. Si el cerebro del individuo muestra una respuesta específica al escuchar una afirmación que coincide con una experiencia vivida, se interpreta como una señal de que participó en el evento.

La técnica se basa en la premisa de que el cerebro reacciona de manera diferente a la información que ha sido experimentada directamente en comparación con la información adquirida de forma indirecta. Sin embargo, esta suposición ha sido objeto de críticas, ya que no existe un consenso científico sobre la capacidad de BEOS para distinguir de manera fiable entre estos tipos de conocimiento. La actividad cerebral que se registra en los protocolos BEOS se centra principalmente en el rango de las ondas P300 y sus variaciones, asociadas con la detección de estímulos significativos.

En términos técnicos, BEOS identifica potenciales relacionados con eventos (ERP) que se generan cuando una persona procesa información con contenido autobiográfico. Según estudios indios, estos ERP pueden presentar diferencias significativas en latencia y amplitud (con valores que oscilan entre 300 y 600 ms tras el estímulo) cuando el sujeto ha vivido el evento. No obstante, estos resultados han sido cuestionados por otros laboratorios que no han logrado replicar los datos bajo condiciones controladas.

Aplicación y controversias legales

Desde su introducción en el sistema judicial indio, BEOS ha sido utilizado en numerosos casos, incluyendo el de Aditi Sharma, quien fue condenada por asesinato en parte debido a los resultados de esta prueba. No obstante, la admisibilidad de BEOS como evidencia ha sido cuestionada por tribunales superiores y expertos legales. En 2010, el Tribunal Supremo de India dictaminó que las pruebas como BEOS no pueden ser realizadas sin el consentimiento del acusado, citando preocupaciones sobre la violación de derechos fundamentales.

El uso de BEOS implica también problemas de transparencia y control de calidad. En muchos casos, los peritos forenses que administran la prueba son también quienes la interpretan, lo que plantea serios riesgos de parcialidad. Además, las sesiones no siempre son supervisadas por médicos o neurocientíficos cualificados, y en algunos estados indios ni siquiera se requiere una certificación estándar para los laboratorios que ofrecen esta prueba.

Algunos jueces indios han considerado BEOS como un apoyo indirecto para confirmar otras pruebas, como confesiones o testimonios, pero nunca como evidencia principal. Sin embargo, la ambigüedad legal sigue existiendo. La falta de regulación específica y la interpretación subjetiva de los resultados generan un escenario propenso a errores judiciales y vulneraciones de derechos procesales.

Implicaciones éticas y expansión internacional

El uso de BEOS plantea serias preocupaciones éticas, especialmente en relación con la privacidad mental y el consentimiento informado. La posibilidad de que una técnica cuestionada científicamente sea utilizada para determinar la culpabilidad de una persona es alarmante. Además, la promoción activa de BEOS en países de América del Sur, África y Asia por parte de autoridades indias y empresas como Axxonet ha generado inquietud sobre la exportación de prácticas forenses no validadas.

El principio de presunción de inocencia entra en conflicto directo con la filosofía de BEOS, que presupone que el cerebro del sujeto puede revelar información incriminatoria sin necesidad de una declaración verbal. La neuroética contemporánea considera que el «consentimiento neuronal» es una extensión necesaria del consentimiento informado en pruebas psicológicas. Esto implica no solo comprender los procedimientos, sino también las posibles implicaciones legales y personales de revelar información subconsciente.

El interés de algunos gobiernos en importar esta tecnología sin pasar por comités de ética independientes también ha levantado señales de alarma. En América Latina, se han registrado talleres de formación ofrecidos por personal forense indio sin supervisión internacional ni validación de los métodos empleados. En muchos de estos países, el sistema judicial ya sufre problemas de acceso a peritajes neutrales, lo que podría agravar la situación con la introducción de BEOS sin regulación.

Contexto científico: ¿puede el cerebro «contar la verdad»?

Uno de los argumentos clave en contra de BEOS es la ausencia de una base empírica sólida que permita distinguir con certeza entre recuerdos verdaderos y falsos o adquiridos. La investigación neurocientífica ha demostrado que la memoria humana es altamente plástica y susceptible a sugestiones externas. Existen numerosos experimentos que han documentado cómo se pueden implantar falsos recuerdos con relativa facilidad, lo que pone en duda la fiabilidad de cualquier técnica basada exclusivamente en la reacción cerebral.

A nivel electrofisiológico, las señales EEG son notoriamente ruidosas y requieren de múltiples filtros y tratamientos para separar información relevante. La interpretación de las ondas P300, por ejemplo, está influida por variables como el estado emocional, el cansancio, la edad, o incluso la cultura del sujeto. En otras palabras, no existe un «perfil universal» de culpa que pueda identificarse con certeza usando solo la EEG.

Además, los críticos argumentan que la técnica puede inducir resultados falsos positivos o negativos dependiendo de la manera en que se formule la información durante la prueba. Un acusado que haya leído sobre el crimen en un periódico podría mostrar respuestas cerebrales similares a las de una persona implicada, sin haber participado directamente en los hechos.

Conclusión: ciencia, justicia y derechos humanos

La utilización de BEOS en el sistema judicial plantea preguntas fundamentales sobre la intersección entre la ciencia, la ley y los derechos humanos. Si bien la búsqueda de métodos más precisos para determinar la culpabilidad es loable, no debe hacerse a expensas de principios éticos y científicos fundamentales. Antes de considerar la adopción de técnicas como BEOS, es imperativo que los sistemas judiciales y las sociedades en general evalúen cuidadosamente las implicaciones de confiar en tecnologías que aún no han demostrado su validez de manera concluyente.

A medida que la neurociencia forense evoluciona, es fundamental mantener una visión crítica y fundamentada en la evidencia. Tecnologías como BEOS deben ser sometidas a pruebas replicables, revisión por pares y aprobación ética rigurosa antes de ser aplicadas en contextos legales. El riesgo de erosionar derechos fundamentales por el afán de modernizar los procesos judiciales no puede subestimarse.

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