Finalmente acaba de publicarse la esperada regulación europea para el vuelo de drones por los cielos de «cualquier» cielo europeo… aunque hasta junio del 2020 no estarán activas y será necesario que sus operadores se hayan registrado en algún país miembro.
Dicha regulación que anula las particulares de cada país reconoce su «libre» circulación por cualquier país europeo protegiendo al mismo tiempo la privacidad y seguridad de sus ciudadanos.
La nueva regulación de la EASA (European Union Aviation Safety Agency) diferencia entre tres clases de operaciones con drones:
- Abiertas: Cargas de riesgo bajo de hasta 25 kg
- Específicas que requieren de permisos para poder volar
- Certificadas (las de mayor riesgo) para entrega de mercancías, vuelos con pasajeros o sobre aglomeraciones
Por otra parte en las nueva normativa se aconseja la matriculación de los drones para evitar episodios como los que paralizaron los aeropuertos ingleses en el pasado año 2018.
Esperemos que con esta regulación empiecen a florecer los negocios alrededor de los drones ya que según este estudio «su mercado» llegarán hasta los 43.000 millones de $ para el año 2024.
Curiosamente en Japón están a punto de publicar su propia normativa por la que estará prohibido volar drones en estado de embriaguez o podrás ser multado con más de 2000 EUR.
Lo peor de todo es que dicha limitación será aplicable al vuelo de drones de más de 250 gramos de peso.
Los norteamericanos que siempre parece que son un tanto más laxos en esto de las normativas de protección de su población y, a pesar de que todavía no tienen unas reglas / certificaciones ya están empezando a probar el uso de drones por ejemplo por UPS.